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Actualmente, la Constitución asegura el libre e igualitario acceso a la salud y afirma que es deber del Estado de Chile garantizar la ejecución de las acciones de salud, ya sea en el sistema público o privado, es decir, en hospitales, clínicas, laboratorios, centros médicos, y centros de diálisis[i].
Debido a esto, en octubre del 2012, y como una forma de fortalecer la defensa e integridad de las personas se aprobó la Ley 20.584, la cual tiene relación con los derechos y deberes de los pacientes y donde se establece cuáles son los derechos y deberes de todas las personas en relación a su atención en el sistema de salud público y privado.
Así, y de acuerdo a la Superintendencia de Salud, organismo dependiente del Ministerio de Salud y que tiene como funciones principales supervigilar, controlar y fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados, las personas que hacen uso de las instalaciones del sistema deben cumplir y exigir una serie de requisitos para recibir una debida atención.
Derechos
De acuerdo a la Ley 20.584 en su capítulo II, se establecen los 15 derechos que cada institución de salud debe cumplir tanto en el sistema público y privado de salud para asegurar una atención oportuna, eficaz y de calidad.
Deberes
La misma ley, pero en su capítulo tercero, establece los cinco deberes que tanto los pacientes como sus familiares y/o representantes legales deben cumplir en un establecimiento de salud público o privado.
[i] Información disponible en: https://www.bcn.cl/leyfacil/conozca-sus-derechos/recurso_nuevo/?serie=Derechos%20en%20salud#:~:text=Derechos%20b%C3%A1sicos,-Acceso%20a%20la&text=La%20Constituci%C3%B3n%20asegura%20el%20acceso,el%20sistema%20p%C3%BAblico%20o%20privado
[ii] Información disponible en: https://www.supersalud.gob.cl/consultas/667/w3-propertyvalue-4185.html
[iii] Información disponible en: https://www.supersalud.gob.cl/consultas/667/w3-propertyvalue-4185.html

